La Audiencia Nacional anula el último deslinde de Los Escullos por falta de respaldo legal

Los Escullos
Cabo de Gata
La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la incorporación de 5,69 hectáreas al dominio público marítimo-terrestre no podía hacerse sin un expediente formal de afectación aprobado por el Ministerio de Hacienda.

La Audiencia Nacional ha anulado la rectificación del deslinde de Los Escullos, en el término municipal de Níjar, aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica en abril de 2024. La resolución judicial considera que la incorporación de una finca de 5,69 hectáreas al dominio público marítimo-terrestre no contó con el procedimiento administrativo necesario para darle cobertura jurídica.

La sentencia estima íntegramente el recurso presentado por uno de los ocupantes afectados. Contra la resolución todavía cabe recurso de casación.

El tribunal cuestiona cómo se incorporó la finca

El origen del conflicto se encuentra en el deslinde aprobado en 1966, correspondiente a un tramo de unos 679 metros de costa en Los Escullos.

En 2023 se inició un nuevo expediente con el propósito de modificar aquel deslinde e incorporar la finca al dominio público marítimo-terrestre. La rectificación fue finalmente aprobada mediante una orden ministerial de 5 de abril de 2024.

Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que para incorporar toda la finca era necesario tramitar previamente un expediente formal de afectación, de acuerdo con la normativa sobre patrimonio de las Administraciones Públicas.

Ese procedimiento debía contar además con la intervención y aprobación del Ministerio de Hacienda. Al no haberse realizado, la Sala concluye que la incorporación de los terrenos carecía de la base jurídica necesaria.

La antigua casa-cuartel, clave en el litigio

Uno de los elementos centrales de la sentencia es la situación de la antigua casa-cuartel de la Guardia Civil de Los Escullos.

La Administración defendía que la finca había quedado afectada al dominio público durante los años noventa, cuando la Dirección General de Patrimonio del Estado adscribió la antigua casa-cuartel al Servicio de Costas.

La Audiencia Nacional rechaza que aquella actuación pudiera extenderse automáticamente a toda la finca registral.

Los magistrados señalan que los expedientes tramitados entre 1991 y 1992 tenían como objeto la antigua casa-cuartel y se referían concretamente a los aproximadamente 4.950 metros cuadrados ocupados por el edificio.

El hecho de que la construcción no hubiera sido segregada registralmente del resto de la finca no significa, según el tribunal, que toda la finca matriz hubiera quedado incorporada al dominio público marítimo-terrestre.

En el terreno se encuentran además otros elementos, entre ellos el Castillo de San Felipe, parte de la barriada de Los Escullos y un pozo de abastecimiento de agua.

Una sentencia que obliga a replantear el deslinde

La resolución judicial no cuestiona en abstracto la posibilidad de delimitar el dominio público marítimo-terrestre en este tramo de costa, sino el procedimiento utilizado para incorporar esta finca concreta.

El Ministerio deberá afrontar ahora las consecuencias de la anulación de la rectificación de 2024, en un espacio situado dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

El fallo devuelve así el debate a la necesidad de seguir correctamente los procedimientos previstos por la legislación patrimonial antes de modificar la titularidad demanial de los terrenos.

La sentencia, susceptible de recurso de casación, abre un nuevo capítulo jurídico sobre uno de los enclaves del litoral de Cabo de Gata-Níjar, donde la delimitación del dominio público marítimo-terrestre vuelve a quedar condicionada por las exigencias formales y jurídicas establecidas por los tribunales.



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