La nueva normativa de la DGT pone límites al aparcamiento de autocaravanas en Almería y reabre el debate en Cabo de Gata

Furgonetas camper y ACs aparcadas frente a la playa del Cabo de Gata
Cabo de Gata
El Reglamento General de Circulación que entra en vigor este 1 de octubre diferencia entre estacionar y acampar, mientras los municipios podrán establecer sus propias limitaciones. En Cabo de Gata-Níjar, la elevada presión sobre los espacios turísticos y la proliferación de vehículos que permanecen durante días vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de ordenar la pernocta.

La entrada en vigor este miércoles, 1 de octubre, de las nuevas reglas sobre el estacionamiento de autocaravanas introduce un marco más preciso para diferenciar cuándo uno de estos vehículos está simplemente aparcado y cuándo está realizando una actividad que puede considerarse acampada.

La modificación cobra especial relevancia en la provincia de Almería, donde el turismo de autocaravana y camper ha experimentado un importante crecimiento y donde determinados municipios costeros y núcleos turísticos afrontan desde hace años problemas derivados de la concentración de estos vehículos.

La situación resulta especialmente sensible en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, un espacio protegido que durante los periodos de mayor afluencia turística soporta una elevada presión sobre sus carreteras, aparcamientos, playas y pequeños núcleos de población. La cuestión no afecta al turismo itinerante en su conjunto, sino a la dificultad para compatibilizar la presencia de vehículos de gran tamaño, el estacionamiento prolongado y la pernocta con la capacidad limitada de determinados espacios.

Estacionar no es lo mismo que acampar

La nueva regulación establece las condiciones que debe cumplir una autocaravana para ser considerada estacionada. El vehículo debe descansar sobre sus neumáticos, aunque se permite el uso de calzos de seguridad, no puede desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, como toldos o avances, y tampoco puede verter fluidos al exterior.

Cuando se cumplen estas condiciones, el vehículo recibe, a efectos generales, el mismo tratamiento que cualquier otro automóvil estacionado. La DGT aclara, además, que las administraciones locales mantienen competencias para regular los lugares y condiciones de estacionamiento mediante sus ordenanzas.

La normativa municipal puede establecer limitaciones temporales, ordenar determinadas zonas de estacionamiento o establecer áreas específicas para autocaravanas. Por tanto, la entrada en vigor del nuevo Reglamento no significa que una autocaravana pueda estacionar o permanecer durante cualquier periodo en cualquier lugar.

El propio criterio de la DGT incorpora la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las competencias de los ayuntamientos y recuerda que corresponde al titular de la vía determinar dónde y cuándo puede estacionarse.

Cabo de Gata, entre el turismo y la protección del espacio natural

En Cabo de Gata-Níjar, la diferencia entre estacionamiento y acampada adquiere una dimensión especialmente importante por tratarse de un espacio natural protegido.

La presencia de autocaravanas forma parte de la oferta turística de la provincia y supone también una fuente de actividad para establecimientos y servicios de los municipios. El problema aparece cuando el estacionamiento se concentra durante periodos prolongados en lugares con una capacidad limitada, especialmente en los meses de mayor afluencia.

En localidades como San José, Las Negras, Agua Amarga, La Isleta del Moro, Rodalquilar o Cabo de Gata, el espacio disponible para aparcar es limitado y la llegada simultánea de vehículos particulares, autocaravanas y campers puede incrementar notablemente la presión sobre los aparcamientos.

En San José, por ejemplo, la presión turística sobre el estacionamiento se suma durante determinados periodos a la regulación de los accesos a playas como Genoveses, Mónsul, Barronal, Media Luna o Cala Carbón. El problema no se limita, por tanto, a encontrar una plaza para aparcar, sino a gestionar la movilidad de un territorio con pequeñas carreteras, núcleos de población reducidos y un elevado valor ambiental.

La situación también se reproduce en otros puntos turísticos de la costa almeriense, donde la concentración de autocaravanas puede ocupar durante días plazas de aparcamiento que tienen una rotación muy elevada durante la temporada turística.

La pernocta, uno de los principales puntos de conflicto

Uno de los aspectos que genera mayor confusión es la diferencia entre pernoctar dentro de una autocaravana estacionada y acampar. Que los ocupantes permanezcan en el interior del vehículo no convierte por sí mismo el estacionamiento en acampada. La DGT considera relevante que la actividad desarrollada en el interior no trascienda al exterior mediante elementos como toldos, tenderetes, dispositivos de nivelación o soportes de estabilización.

Sin embargo, la posibilidad de permanecer en el interior del vehículo no elimina las restricciones que puedan establecer las ordenanzas municipales ni las derivadas de la normativa específica de los espacios naturales.

Este aspecto resulta especialmente importante en Cabo de Gata, donde el objetivo debería ser evitar que el estacionamiento de vehículos se convierta de hecho en una forma de acampada permanente o prolongada en zonas especialmente sensibles.

La nueva regulación ofrece a los ayuntamientos un marco más claro para actuar, pero también pone de manifiesto la necesidad de que los municipios dispongan de áreas específicas de estacionamiento, servicio y pernocta, adecuadamente señalizadas y dimensionadas para absorber la demanda.

La propia DGT contempla las áreas de acogida y estacionamiento como una herramienta para ordenar este tipo de turismo y señala la existencia de una nueva señal, la S-128, destinada a identificar los puntos de vaciado de aguas residuales para caravanas y autocaravanas.

En una provincia como Almería, y especialmente en Cabo de Gata-Níjar, el desafío consiste ahora en encontrar un equilibrio entre el desarrollo de este tipo de turismo y la protección del espacio público y natural. La cuestión ya no es únicamente dónde pueden aparcar las autocaravanas, sino cómo garantizar una rotación razonable, evitar la ocupación prolongada de los aparcamientos turísticos y asegurar que la pernocta se realice en lugares preparados para ello.

La entrada en vigor de las nuevas normas no resolverá por sí sola el problema. La gestión del estacionamiento seguirá dependiendo en buena medida de los ayuntamientos y, en los espacios protegidos, de la normativa ambiental aplicable. Pero establece una distinción más precisa que puede servir de base para ordenar un fenómeno turístico que en Almería ha dejado de ser minoritario y que exige una planificación específica, especialmente en los municipios y núcleos costeros con mayor presión durante todo el año.



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