José Francisco Garrido Requena, alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Níjar, ha recordado a la población mediante Decreto las fechas en las que tienen que rascarse el bolsillo el próximo año para pagar los distintos impuestos municipales. En efecto, el primer edil ha firmado el domingo, 14 de diciembre, un Decreto de la Alcaldía aprobando los periodos de exposición pública de los padrones fiscales y de cobranza para el año 2026 en los siguientes términos:
- Tasa de Entrada de Vehículos y Reservas de Espacio.
Periodo de exposición pública del Padrón.- Enero de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 5 de enero al 5 de marzo de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 12 de enero de 2026. - Tasa por Servicio de Mercado
Periodo de exposición pública del Padrón.- Enero de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 5 de enero al 5 de marzo de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 12 de enero de 2026. - Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Suelo, Subsuelo y Vuelo del Dominio Público Local a favor de Empresas de Suministros Eléctricos y otras.
Periodo de exposición pública del Padrón.- Enero de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 5 de enero al 5 de marzo de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 12 de enero de 2026. - Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M).
Periodo de exposición pública del Padrón.- Marzo de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 6 de abril al 5 de junio de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 11 de mayo de 2026. - Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.).
Periodo de exposición pública del Padrón.- Junio de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 1 de julio al 21 de septiembre de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 10 de agosto de 2026. - Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.).
Periodo de exposición pública del Padrón.- Junio de 2026.
Periodo de cobranza en voluntaria.- Del 1 de julio al 21 de septiembre de 2026.
Fecha de cargo en cuenta de recibos domiciliados.- 10 de agosto de 2026.
Lugares de pago: en cualquier sucursal de la Entidades colaboradores: Cajamar, Unicaja, La Caixa y cualquier otra que conste en el correspondiente documento de pago, durante todo el periodo voluntario siempre que el contribuyente tenga la carta- recibo correspondiente.
Recursos: contra las liquidaciones notificadas colectivamente mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), puede interponerse Recurso de Reposición ante el Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, de conformidad con el
artículo 14 de Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, como requisito previo al recurso contencioso-administrativo previsto en la Ley de Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
Advertencia: de conformidad con lo establecido por la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación, transcurrido el plazo de ingreso señalado, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de
apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
No obstante, podrá solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento de pago con los requisitos establecidos en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Recaudación aprobado por R.D. 939/2005 de 29 de julio.
Los citados Padrones estarán expuestos al público, en horario de oficina, en el Servicio Municipal de Recaudación (San Isidro) durante los plazos indicados, para la presentación de cuantas reclamaciones se estimen oportunas.







