El Supremo anula el registro estatal único de alquileres turísticos por invasión de las competencias autonómicas

Vivienda de Uso Turístico
Sociedad
El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto el registro único estatal de viviendas turísticas y alquileres de temporada promovido por el Gobierno al considerar que el Estado no tiene competencias suficientes para regular esta materia, que corresponde principalmente a las comunidades autónomas en el ámbito turístico.

La resolución judicial supone un revés para una de las principales medidas impulsadas por el Ejecutivo para controlar el crecimiento de los pisos turísticos y luchar contra la oferta ilegal en plataformas digitales. El sistema obligaba a propietarios y plataformas a inscribir los inmuebles destinados a alquileres de corta duración en una base de datos estatal.

La sentencia da parcialmente la razón a varias comunidades autónomas que recurrieron la normativa al entender que duplicaba los registros regionales ya existentes y vulneraba sus competencias exclusivas en turismo. El alto tribunal considera que el modelo estatal invadía funciones autonómicas y generaba una superposición administrativa.

No obstante, el Supremo sí mantiene la denominada Ventanilla Única Digital, el mecanismo diseñado para compartir información entre las plataformas de alquiler turístico y las administraciones públicas. Desde el Ministerio de Vivienda se interpreta este punto como un respaldo parcial al sistema de control y se insiste en que las autonomías deberán reforzar la vigilancia sobre los alojamientos ilegales.

La decisión judicial podría permitir que decenas de miles de viviendas que habían quedado fuera del sistema por cuestiones administrativas vuelvan a operar en el mercado turístico. Diversas asociaciones del sector y algunos gobiernos autonómicos han valorado positivamente el fallo, al considerar que elimina trabas burocráticas y devuelve la regulación turística al ámbito competencial de las comunidades autónomas.



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