La Unión Europea ha dado un paso histórico en materia de bienestar animal al aprobar las primeras normas comunes para proteger a perros y gatos, que incluyen la prohibición de atarlos a objetos salvo por motivos médicos, además de nuevas obligaciones sobre alojamiento, identificación, cría y trazabilidad. España ya contaba con una regulación que prohíbe mantener permanentemente atados a los animales de compañía.
Durante décadas, la imagen de un perro encadenado a una pared, un árbol o una caseta ha formado parte del paisaje de numerosas zonas rurales. Una práctica que durante mucho tiempo se asumió como normal comienza ahora a quedar definitivamente atrás en el marco jurídico europeo.
El nuevo Reglamento europeo sobre bienestar y trazabilidad de perros y gatos establece por primera vez unas normas comunes para los Estados miembros. Entre las medidas aprobadas figura expresamente la prohibición de atar perros y gatos a un objeto, salvo cuando resulte necesario por razones de tratamiento médico. También se prohíben determinados collares de pinchos o estranguladores que no incorporen mecanismos de seguridad.
La normativa europea introduce además requisitos comunes sobre cría, alojamiento, manipulación, atención veterinaria e identificación de los animales y pretende combatir el comercio ilegal y las prácticas de cría irresponsables.
España ya prohíbe mantenerlos permanentemente atados
La nueva regulación europea no parte de cero en España. La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, ya establece expresamente que está prohibido mantener a los animales de compañía atados o deambulando por espacios públicos sin supervisión presencial de la persona responsable.
La misma ley obliga a proporcionar a los animales condiciones de vida dignas y un alojamiento adecuado a sus necesidades cuando, por sus características, no puedan vivir en el núcleo familiar. También establece que los perros y gatos no pueden mantenerse habitualmente en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos.
Por tanto, la cadena no puede utilizarse como sistema permanente de alojamiento o custodia de un animal de compañía. La sujeción puntual durante determinadas circunstancias, como un paseo o una intervención veterinaria, no debe confundirse con mantener al animal permanentemente inmovilizado.
Un cambio de paradigma en la protección animal
La nueva legislación europea supone un cambio importante en la consideración jurídica de los animales de compañía. El objetivo ya no es únicamente evitar lesiones físicas, sino garantizar unas condiciones de vida compatibles con sus necesidades de comportamiento y bienestar.
El nuevo marco europeo establece, entre otras cuestiones, requisitos sobre alimentación, agua, alojamiento y acceso diario de los perros al exterior. También establece medidas contra determinadas prácticas de cría que pueden provocar problemas graves de salud y prohíbe mutilaciones dolorosas salvo que exista una justificación médica.
Además, todos los perros y gatos deberán avanzar hacia sistemas de identificación mediante microchip y registro en bases de datos nacionales interoperables, aunque estas obligaciones se aplicarán progresivamente y contemplan distintos periodos transitorios.
El reto está ahora en hacer cumplir la normativa
La aprobación de las nuevas normas supone un avance, pero también plantea un desafío para las administraciones responsables de garantizar su cumplimiento.
En España, y particularmente en los municipios rurales, todavía pueden encontrarse animales que pasan buena parte de su vida sujetos mediante cadenas. La existencia de una prohibición legal no garantiza por sí sola que estas situaciones desaparezcan.
La vigilancia, la inspección, la actuación de los servicios municipales y policiales y, sobre todo, la concienciación ciudadana serán fundamentales para que el cambio normativo llegue realmente a los animales.
El nuevo marco europeo consolida así una idea que ya recoge la legislación española: un perro o un gato no puede ser considerado un elemento de vigilancia, una herramienta o un objeto que pueda mantenerse inmovilizado de manera permanente.
La cadena como forma habitual de vida para un animal de compañía tiene cada vez menos espacio en nuestra legislación. El siguiente paso es conseguir que tampoco lo tenga en nuestra sociedad.







