La reciente anulación de parte del Registro Único de Arrendamientos de corta duración por parte del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a posibles reclamaciones económicas por parte de propietarios y gestores de viviendas turísticas que se vieron obligados a cumplir con esta normativa. La resolución judicial considera inválidos varios aspectos del sistema estatal de registro al entender que invadía competencias autonómicas y generaba duplicidades con los registros ya existentes en distintas comunidades autónomas.
A raíz de esta decisión, los afectados podrían solicitar compensaciones por los gastos asumidos durante la vigencia de la norma. Entre ellos figuran los costes administrativos derivados de la obtención del número de registro obligatorio, la contratación de servicios de asesoramiento o gestión y otros trámites necesarios para adaptarse a las exigencias impuestas por el sistema.
Además de los gastos directos, también podrían reclamarse daños económicos relacionados con la actividad de alquiler. Algunos propietarios aseguran haber sufrido pérdidas por retrasos administrativos, cancelaciones de reservas o dificultades para comercializar sus inmuebles mientras completaban los procedimientos exigidos por la normativa.
Los especialistas en derecho administrativo señalan que la sentencia abre la posibilidad de presentar reclamaciones patrimoniales contra la Administración, aunque cada caso deberá acreditar de forma individual la existencia de un perjuicio económico efectivo y la relación directa entre ese daño y la aplicación de la norma posteriormente anulada.
Aunque el Tribunal Supremo ha invalidado parte del Registro Único estatal, mantiene vigentes otros mecanismos relacionados con la recopilación e intercambio de información en el sector de los alquileres de corta duración, por lo que algunas obligaciones de control y supervisión continúan en funcionamiento.
La resolución supone un importante revés para el modelo de regulación impulsado por el Estado y reabre el debate sobre el reparto de competencias entre las administraciones en materia de viviendas turísticas. Al mismo tiempo, podría generar un elevado número de reclamaciones por parte de propietarios y empresas que consideran haber soportado costes y pérdidas como consecuencia de una normativa que ahora ha sido parcialmente anulada por la justicia.







