Se aprueba un nuevo Reglamento General de Circulación para reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables

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Sociedad
El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, entre los que se incluyen peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP). La nueva normativa, impulsada por el Ministerio del Interior, entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque algunas medidas se aplicarán de forma progresiva.

La reforma responde a la evolución que ha experimentado la movilidad en las últimas dos décadas. El reglamento abandona un enfoque centrado en los vehículos y las carreteras para situar en el centro a las personas y a los entornos urbanos. Además, incorpora por primera vez la definición de «usuario vulnerable de la vía», que engloba a aquellas personas con mayor riesgo de sufrir lesiones graves en caso de accidente debido a su medio de desplazamiento o a sus características físicas o de edad.

Entre las principales novedades destacan las dirigidas a los conductores de vehículos de movilidad personal. La normativa fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico y establece la obligatoriedad de utilizar casco de protección. También será obligatorio llevar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista baja visibilidad, mientras que los profesionales que empleen estos vehículos deberán usarlo en todo momento. Asimismo, los VMP deberán circular siempre con el alumbrado encendido y podrán utilizar determinadas vías segregadas fuera de los núcleos urbanos, como carriles bici, cuando esté permitido.

Los ciclistas también estarán sujetos a nuevas medidas de seguridad. Desaparecen las excepciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que será obligatorio para todos. Los repartidores que desarrollen su actividad en bicicleta deberán llevar tanto casco como chaleco reflectante en todo momento. Además, se refuerzan las normas para los adelantamientos: los conductores deberán reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía y, en carreteras con más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril al adelantar a un ciclista, manteniendo una separación lateral mínima de 1,5 metros.

En las ciudades, los ciclistas deberán circular preferentemente por el centro del carril para aumentar su visibilidad y seguridad. Los vehículos a motor tendrán que mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a la bicicleta que les preceda. Asimismo, los ayuntamientos podrán autorizar, mediante la correspondiente señalización, la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos.

La reforma también introduce nuevas obligaciones para los motoristas. Será obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Además, los cascos deberán estar homologados, elevando así los estándares de seguridad. Los repartidores que circulen en motocicleta estarán obligados a llevar chaleco reflectante durante toda su jornada laboral. Por otra parte, se permitirá a las motocicletas circular por el arcén derecho en situaciones de congestión del tráfico, siempre que la velocidad no supere los 30 km/h y la vía esté debidamente señalizada.

En materia de protección, el reglamento elimina las exenciones que permitían a determinados conductores, como taxistas, vehículos de mercancías y de autoescuela, circular sin cinturón de seguridad. A partir de la entrada en vigor de la norma, todos deberán utilizarlo, salvo determinadas excepciones previstas para el personal sanitario que atienda a pacientes en ambulancias durante servicios de urgencia.

La normativa incorpora además nuevas medidas para mejorar la seguridad en las vías interurbanas. Cuando se adelante a vehículos inmovilizados por avería, accidente o trabajos de mantenimiento, será obligatorio reducir la velocidad y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. En caso de nevadas que dificulten la circulación en autopistas y autovías, los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho y quedará prohibido adelantar para facilitar el paso de quitanieves y vehículos de emergencia. También se regula por primera vez el denominado «carril de emergencia», que obliga a los conductores a dejar un espacio central libre durante las retenciones para permitir el paso de los servicios de emergencia.

En el ámbito urbano, la reforma establece que, como norma general, no podrán coincidir la luz verde para peatones y la luz ámbar intermitente para vehículos en los pasos semaforizados. Además, reconoce legalmente los caminos escolares seguros como espacios destinados a favorecer los desplazamientos a pie, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados. También regula el estacionamiento de autocaravanas, limitando la ocupación del espacio público y prohibiendo el vertido de fluidos.

La mayor parte de las medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026. Sin embargo, la obligación de que los vehículos de movilidad personal circulen siempre con alumbrado y el requisito de utilizar cascos homologados para determinados usuarios de motocicletas se aplicarán a partir del 1 de octubre de 2027. Por su parte, la obligatoriedad de los guantes de protección homologados será efectiva cuando se apruebe la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.

Con esta actualización del Reglamento General de Circulación, el Gobierno pretende adaptar la normativa a los nuevos modelos de movilidad, reforzar la seguridad vial y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras, en consonancia con los objetivos de la Agenda 2030.



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