El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha dado al Servicio Andaluz de Salud un plazo de diez días hábiles para facilitar información actualizada sobre los pacientes pendientes de pruebas diagnósticas, después de que el SAS rechazara inicialmente una solicitud alegando que no disponía de una herramienta para ofrecer esos datos en los términos solicitados.
El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha ordenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) que facilite, en un plazo de diez días hábiles, la información disponible sobre las listas de espera de pruebas diagnósticas en Andalucía. La resolución, fechada el 22 de septiembre, responde a la reclamación presentada por un ciudadano que había solicitado información desglosada sobre los pacientes pendientes de diagnóstico en el sistema sanitario público andaluz.
La decisión llega en un momento de especial controversia sobre la actualización y publicación de las listas de espera sanitarias en Andalucía. La propia Junta mantiene un sistema de información sobre listas de espera, pero sus datos estadísticos publicados presentan una periodicidad semestral y, en determinadas consultas, las últimas cifras disponibles corresponden a periodos anteriores.
Una petición de información presentada hace más de un año
El origen del procedimiento se encuentra en una solicitud registrada ante el SAS el 21 de julio de 2025. El ciudadano reclamaba los datos más actualizados disponibles sobre las listas de espera para pruebas diagnósticas en Andalucía.
En concreto, solicitaba información provincial sobre el número de pacientes pendientes inscritos en el Registro de Procedimientos Diagnósticos, distribuida por tramos de tiempo de espera y con indicación del tiempo medio de respuesta. También reclamaba los datos desglosados por especialidades médicas y el tiempo medio de espera correspondiente.
La respuesta inicial del SAS, fechada el 19 de agosto de 2025, fue que no disponía de ninguna herramienta que permitiera facilitar la información solicitada en esos términos. El ciudadano recurrió entonces al Consejo de Transparencia, cuestionando que el sistema sanitario andaluz no pudiera ofrecer información básica sobre el volumen y la antigüedad de las pruebas diagnósticas pendientes.
Transparencia rechaza la falta de herramientas como justificación
El Consejo de Transparencia considera que la respuesta del SAS no acredita suficientemente la imposibilidad de facilitar la información disponible. El organismo señala que la Administración debe realizar un “esfuerzo razonable” para localizar la información pública solicitada y, cuando no sea posible ofrecerla exactamente en el formato reclamado, facilitar al menos aquella que obre en su poder y pueda obtenerse mediante herramientas informáticas de uso corriente.
Por ello, el Consejo entiende que el SAS no puede limitarse a alegar que carece de una herramienta específica para generar exactamente el informe solicitado si dispone de los datos en sus sistemas. La resolución establece que deberá proporcionar la información disponible con un nivel de desagregación lo más próximo posible al requerido.
Uno de los elementos centrales de la resolución es que la normativa andaluza contempla desde hace años la existencia de un Registro de Demanda de Procedimientos Diagnósticos. La Orden de 18 de marzo de 2005 regula expresamente este registro y establece que debe recoger información sobre las solicitudes de procedimientos diagnósticos, incluyendo, entre otros elementos, la fecha de solicitud, la fecha de inscripción, los días que el paciente permanece en el registro, el procedimiento solicitado, la situación respecto a la garantía de plazo y los centros implicados.
La propia normativa establece además que estos registros tienen como finalidad el control y la gestión de la demanda de procedimientos diagnósticos del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Este marco normativo es uno de los argumentos utilizados por el Consejo de Transparencia para considerar insuficiente la respuesta ofrecida inicialmente por el SAS.
La resolución establece que el SAS deberá facilitar la información de la que disponga, procurando aproximarse al nivel de detalle solicitado. Entre los datos reclamados figuran el número de pacientes pendientes por provincia, los diferentes tramos de tiempo de espera, el tiempo medio de respuesta y la distribución por especialidades médicas.
El organismo de transparencia también establece que cualquier dato personal que pudiera aparecer en la documentación deberá ser previamente disociado, de manera que la información pueda hacerse pública sin permitir la identificación de pacientes concretos.
La Junta ya dispone de información sobre listas de espera, pero con actualización limitada
La situación resulta especialmente relevante porque la propia Administración andaluza dispone de un sistema oficial de información sobre listas de espera. La Junta afirma que ofrece datos de pacientes pendientes de intervención quirúrgica y de primeras consultas externas, con información desglosada por hospitales y provincias.
Su portal estadístico señala que estas estadísticas se actualizan con periodicidad semestral y que la información puede consultarse por territorio, hospital y diferentes variables. En la ficha estadística consultada, el último periodo disponible figura como diciembre de 2024 para determinadas consultas detalladas.
Además, en mayo de 2026 se había informado de que los datos de las listas de espera sanitarias permanecían sin actualizar públicamente, con los últimos datos disponibles correspondientes a periodos anteriores.
El Parlamento andaluz ya había reclamado más información
La exigencia de transparencia sobre las pruebas diagnósticas tampoco es nueva en el ámbito parlamentario. En enero de 2026, el Parlamento de Andalucía aprobó una iniciativa que reclamaba al Gobierno andaluz publicar de forma completa y verificable los datos de las listas de espera de pruebas diagnósticas, incluyendo información sobre resonancias, TAC, mamografías, ecografías, biopsias, colonoscopias y otras pruebas, con desglose por provincias y centros. También se reclamaba información sobre pacientes fuera de los plazos de garantía, demora acumulada y evolución de las listas.
La iniciativa planteaba asimismo que los tiempos de espera de consultas externas, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas fueran publicados mensualmente y desglosados por especialidad, prioridad y tramo temporal.
El SAS asegura que actuará conforme a la resolución
Tras conocerse la resolución, fuentes del Servicio Andaluz de Salud han señalado que la petición original requería un volumen importante de documentación y una elaboración específica. El SAS sostiene que el propio Consejo de Transparencia reconoce esta circunstancia y que la resolución establece que debe entregarse la información disponible que no requiera una elaboración previa.
El organismo sanitario ha asegurado que actuará conforme a las opciones señaladas por el Consejo de Transparencia. El plazo concedido es de diez días hábiles desde la notificación de la resolución. La cuestión queda ahora centrada en qué información concreta será finalmente entregada y hasta qué nivel de detalle podrá conocerse la situación real de las listas de espera para pruebas diagnósticas en Andalucía.







