La Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Patrimonio está promoviendo, en colaboración con los ayuntamientos respectivos, el cambio de uso urbanístico de unas 15 parcelas repartidas por toda Andalucía, con el objetivo de posibilitar su puesta en valor. Estas parcelas se encuentran sin uso hace años, y algunas desde el siglo XX.
Son parcelas destinadas a determinados usos, en su mayoría públicos, que no se corresponden con las necesidades actuales. Y la anterior legislación urbanística (LOUA) impedía, en la práctica, la modificación de la calificación urbanística del suelo. Sin embargo, la actual Ley de Impulso a la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) ha introducido mecanismos más flexibles que permiten adecuar las calificaciones obsoletas a otros usos, sean públicos o privados, acordes con las necesidades reales.
En el caso de la provincia de Almería las parcelas que cambiarán de uso urbanístico se encuentra localizadas en Roquetas de Mar: un solar en la calle Pablo Neruda de la capital y la antigua residencia de tiempo libre de Roquetas de Mar.
El primero está destinado a equipamiento docente y se está trabajando para modificar su uso y destinarlo a equipamiento residencial, dotacional público y espacios libres. En su día estuvo ocupado por las instalaciones de la antigua Escuela Sindical de Hostelería, que en el curso 1989/90 lo abandonó para instalarse en una nueva ubicación en la finca Santa Isabel, con el nombre de Instituto de Formación Profesional Almeraya. Este centro, posteriormente, se transformaría en el actual IES Almeraya.
Por su parte, la antigua residencia de tiempo libre de Roquetas de Mar pasará de equipamiento primario a uso hotelero. El Consejo de Gobierno acordó en noviembre de 2023 suprimir el servicio de las residencias de tiempo libre, por tratarse de un servicio altamente deficitario (desde el año 2015 supusieron para las arcas andaluzas un gasto de 140 millones de euros, frente a los 16 millones de euros de ingresos que generaron), que no constituye un servicio público esencial y cuyo fin social tampoco estaba justificado, al no tener en cuenta en la adjudicación de plazas, criterios de renta o similares.
De esta forma, el cambio de calificación de estos suelos, mediante la elaboración de un Estudio de Ordenación, permitirá a la Junta obtener unos ingresos por la enajenación de los mismos (bien mediante subasta pública o bien por enajenación directa), o su explotación mediante concesión administrativa, lo que no sería posible sin la modificación del uso de las parcelas.







