Cuatro años de prisión para el piloto de una patera con 22 personas interceptada frente a Cabo de Gata

Llegada de una patera. Foto de archivo
La provincia
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años de prisión al patrón de una embarcación neumática que transportaba a 22 personas de origen argelino, entre ellas tres menores de edad, y que fue interceptada por la Guardia Civil a varias millas de Cabo de Gata el pasado 23 de febrero. La resolución, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, es firme después de que el acusado reconociera los hechos y aceptara la condena por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

El caso pone nuevamente el foco sobre las condiciones en las que se realizan algunas de las travesías desde la costa argelina hasta Almería y sobre el papel de quienes se encargan de pilotar unas embarcaciones que, en muchos casos, no reúnen las condiciones mínimas para realizar una navegación segura.

Una neumática de seis metros para 22 personas

Los hechos se remontan al 23 de febrero de 2026. Ese día, alrededor de las 18.45 horas, efectivos del Servicio Marítimo de la Guardia Civil localizaron la embarcación cuando navegaba a varias millas del Cabo de Gata. A bordo viajaban 22 personas de nacionalidad argelina, incluidos tres menores.

La embarcación era una lancha neumática de aproximadamente seis metros de eslora y dos metros de manga, equipada con un motor de 40 caballos. El acusado, nacido en 2001, era quien estaba al mando desde la salida de la costa argelina.

Según los hechos considerados probados por la Audiencia, las dimensiones de la embarcación resultaban claramente insuficientes para transportar a las 22 personas, circunstancia que incrementaba el riesgo durante la navegación.

El tribunal también considera acreditado que el viaje comenzó durante la noche desde una zona de la costa de Argelia cuya localización concreta no pudo determinarse.

Una travesía sin medios básicos de seguridad

Uno de los elementos que adquiere mayor relevancia en la sentencia son las condiciones de seguridad de la patera. La embarcación no disponía de chalecos salvavidas ni de iluminación y tampoco contaba con medios contra incendios, equipos de seguridad radioeléctrica ni sistemas de comunicación o emergencia.

A juicio de la resolución judicial, la combinación de una embarcación de reducidas dimensiones, una ocupación elevada y la ausencia de medios básicos de seguridad generaba un riesgo evidente para la vida de los ocupantes.

La intervención del Servicio Marítimo de la Guardia Civil permitió localizar la patera antes de que se produjera un accidente y poner a salvo a las personas que viajaban en ella.

El acusado admite que actuaba dentro de una organización

El condenado reconoció ante el tribunal que no había organizado por sí solo la travesía. Según los hechos probados, actuaba en connivencia con otras personas no identificadas asentadas en Argelia, que se encargaban de diferentes fases de la operación.

Entre esas tareas se encontraban la captación de las personas que querían realizar el viaje, el cobro de las cantidades exigidas por el traslado, el desplazamiento de los pasajeros hasta el lugar de salida y la adquisición de la embarcación y el motor.

El acusado asumía una función concreta: pilotar la patera durante el trayecto hacia España. Para orientarse utilizaba una brújula y, de acuerdo con la resolución judicial, también indicó a los ocupantes qué debían manifestar en caso de ser interceptados por las autoridades.

Cuatro años de prisión y decomiso de la embarcación

La Audiencia Provincial ha impuesto al acusado cuatro años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La resolución es firme al haberse alcanzado un acuerdo de conformidad.

Además de la pena de prisión, el fallo contempla la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el pago de las costas procesales y el decomiso definitivo de la embarcación utilizada en la travesía. El condenado se encontraba en prisión provisional desde la interceptación de la patera.



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