La Audiencia confirma la condena a dos empresarios de Viator por agredir a un trabajador tras despedirlo

Audiencia Provincial de Almería
La provincia
La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado íntegramente la condena impuesta a dos responsables de una empresa del polígono industrial La Juaída, en Viator, por agredir físicamente a un antiguo trabajador tras su despido. La resolución ratifica tanto las multas como la indemnización fijadas por el Juzgado de Instrucción y rechaza todos los argumentos planteados por la defensa en el recurso de apelación.

Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 2024, cuando el extrabajador acudió a las instalaciones de la empresa para tratar cuestiones relacionadas con la extinción de su relación laboral. Según recoge la sentencia, la discusión derivó en una agresión física por parte de los dos antiguos superiores jerárquicos, quienes propinaron al denunciante diversos empujones y golpes en la cabeza, el cuello y la espalda. Un tercer acusado fue finalmente absuelto al no quedar acreditada su participación en los hechos.

Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió lesiones que precisaron asistencia médica y un período de curación de cinco días. La resolución judicial considera acreditado que existió un delito leve de lesiones, basándose tanto en el testimonio del perjudicado como en los informes médicos y forenses incorporados al procedimiento.

La Audiencia rechaza el recurso

En marzo de 2025, el Juzgado de Instrucción número 1 de Almería condenó a cada uno de los empresarios al pago de una multa de 90 días con una cuota diaria de 12 euros, lo que supone 1.080 euros por persona, además de una indemnización conjunta de 280 euros al trabajador agredido.

Los condenados recurrieron posteriormente la sentencia alegando un supuesto error en la valoración de la prueba, vulneración del derecho a la presunción de inocencia y falta de imparcialidad judicial.

Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha desestimado íntegramente el recurso. Los magistrados consideran que la declaración de la víctima fue «persistente, coherente y plenamente creíble» y subrayan que quedó corroborada objetivamente por los partes médicos de urgencias y por el informe del médico forense, que acreditaron las lesiones sufridas el mismo día de los hechos.

Con esta resolución, la Audiencia Provincial confirma íntegramente la condena impuesta en primera instancia y mantiene tanto las multas como la indemnización fijadas a favor del trabajador agredido. Asimismo, el tribunal acuerda no imponer expresamente las costas derivadas del recurso de apelación.



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