Más allá del CER: la hoja de ruta integral para la gestión de gatos comunitarios en Almería

Colonia felina en San José
Opinión
El autor de este artículo de opinión

Marina Vall-llosada. Consultora jurídica especializada en Derecho Animal y gestión pública.

Un reciente reportaje de La Crónica del Parque alumbraba una realidad insostenible: la inmensa mayoría de los consistorios de la provincia de Almería continúan al margen de sus obligaciones legales con las poblaciones felinas. Sin embargo, detrás de esta inactividad municipal no siempre hay desidia; en la mayoría de los casos existe un profundo desconocimiento técnico, temor al impacto presupuestario y la falsa creencia de que la gestión del gato comunitario se limita a la aplicación aislada e inconexa del método CER (Captura, Esterilización y Retorno).

Reducir esta competencia municipal a «capturar y esterilizar de forma puntual» oculta el verdadero alcance del marco normativo y bloquea a las corporaciones locales, que ven el problema como un pozo sin fondo.

La aprobación de la Ley 7/2023, la publicación de la Directriz Técnica estatal sobre gestión de poblaciones felinas y la implantación del Plan de Acción 2026-2030 han fijado un paradigma radicalmente distinto. No estamos ante una simple norma asistencial, sino ante una materia de ingeniería administrativa y gestión pública que exige un despliegue estratégico integral.

En primer lugar, la gestión eficiente requiere esterilizaciones masivas y planificadas. Desde la perspectiva del análisis económico del gasto público, las actuaciones dispersas o por goteo son ineficientes. El éxito del control poblacional reside en concentrar la capacidad operativa y presupuestaria mediante intervenciones intensivas por sectores prioritarios hasta alcanzar los umbrales críticos de control en ventanas de tiempo acotadas. Solo mediante este diseño técnico se corta el incremento poblacional y se optimiza cada euro invertido.

En segundo lugar, la ley impone una reestructuración de la arquitectura jurídica municipal. Los ayuntamientos deben articular el modelo mediante acreditaciones oficiales para el personal cuidador y protocolos formalizados de actuación. Aquí reside uno de los puntos más críticos y menos comprendidos por las administraciones: la normativa actual prioriza de forma clara la colaboración con Entidades de Protección Animal sin ánimo de lucro (a través de convenios de colaboración e instrumentos de fomento público) frente a la externalización en empresas privadas con ánimo de lucro. Errar en la elección de la vía administrativa no solo encarece los costes públicos, sino que compromete la legalidad y la eficacia del programa.

Por último, este marco exige una planificación presupuestaria alineada con el Plan de Acción 2026-2030. Un programa municipal no puede dejarse a la improvisación; debe contar con memorias económicas estructuradas, indicadores de éxito y trazabilidad técnica, requisitos indispensables para acceder con éxito a las partidas presupuestarias y subvenciones que las administraciones superiores destinan a las entidades locales.

La gestión de la fauna urbana ha dejado de ser un asunto menor para convertirse en un indicador directo de la calidad de la gobernanza local. Los ayuntamientos de la provincia de Almería tienen ante sí la oportunidad de abandonar la parálisis y la exposición a sanciones. Sin embargo, dar el paso del incumplimiento a la eficiencia exige huir de las inercias del pasado e implantar modelos jurídicos, económicos y sistemáticos diseñados a medida de cada municipio.



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