Condenan a Cajamar a devolver a una compradora sobre plano lo que anticipó para la adquisición de su vivienda

Cajamar
Sociedad
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a Cajamar a devolver a una compradora sobre plano la cantidad de 38.591 euros, más los intereses legales acumulados, por los anticipos que la mujer entregó para la adquisición de una vivienda que finalmente no se construyó. Ante estos hechos, la compradora presentó demanda contra Cajamar Caja Rural, que financió la promoción inmobiliaria, reclamando a esta entidad las cantidades entregadas a cuenta para la adquisición de dicha vivienda.

Cajamar, por su parte, recurrió la sentencia del Juzgado, alegando como motivo del recurso de apelación que no era posible aplicar la Ley 57/68, ya que la compradora no adquirió la vivienda directamente de la promotora, sino de una entidad dedicada a la inversión inmobiliaria con una evidente finalidad especulativa, careciendo Cajamar de capacidad de control sobre el destino de las cantidades ingresadas y que son objeto de reclamación.

La sentencia de la Audiencia de Málaga confirma así la condena a la cooperativa de crédito, ya que  financió la promoción de unas viviendas en la provincia de Málaga y percibía por ello las cantidades entregadas por los compradores. Unos importes que fueron anticipados y que ahora está obligada a devolver porque  las viviendas no llegaron a ser entregadas a sus respectivos dueños. En este caso, Cajamar es condenada por su responsabilidad al no abrir al promotor una cuenta protegida para los depósitos y permitir que los fondos destinados a la construcción fueran empleados en operaciones no controladas.

El abogado que ha llevado el caso, Carlos Cómitre, del despacho Ley 57 Abogados, celebra el fallo judicial porque “la sentencia confirma la responsabilidad de las entidades financieras en proteger los fondos de los compradores de vivienda”. Desde el despacho se muestran satisfechos con la resolución, por ser “un avance importante en la aplicación de la protección de los compradores sobre plano” que se vieron reducidos en la última modificación legal en favor de aseguradores y bancos.



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