El decreto-coladero de Moreno Bonilla con el que pretenden justificar la construcción del hotel en Los Genoveses

Playa de Los Genoveses
Cabo de Gata
De aquellos polvos vienen estos lodos. El Gobierno de Moreno Bonilla metió en el año 2020, en un decreto de la Covid, una reforma urbanística que permite edificar “lo que no esté prohibido expresamente”. Así, el presidente de la Junta de Andalucía liquidó de un plumazo la previsión que impedía edificar en suelo rural no urbanizable y en suelos de especial protección, salvo que ello estuviera expresamente recogido en un plan urbanístico y optó por la idea contraria. Para ello, usó un decreto-ley que entró en vigor el 9 de junio de 2020, destinado a medidas urgentes y extraordinarias «dirigidas al sector del turismo» y al «ámbito educativo y cultural ante la situación generada» por el virus.

Así fue como el Gobierno de PP y Ciudadanos coló una reforma de importante calado en la legislación urbanística, a través de uno de los decretos “extraordinarios y urgentes” elaborados para abordar la respuesta a la emergencia sanitaria causada por la pandemia de la Covid.

Así, el Ejecutivo Popular y de Cs se cargó de un plumazo y sin debate político previo, la previsión que recogía la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de que, para poder edificar en suelo rural no urbanizable y en suelos de especial protección, los planes urbanísticos debían recoger expresamente los usos y actos posibles.

El concepto anterior se sustituyó así por el método opuesto. Desde la aprobación del Decreto, solo están prohibidos en suelo no urbanizable los usos y actos que el planeamiento considere de manera expresa como tales. Y para el suelo no urbanizable de especial protección (como ocurre con el hotel que se pretende construir frente a Los Genoveses), aquellos que sean incompatibles con el nivel de conservación del lugar en cuestión.

Según los expertos, con la aprobación del citado Decreto, de manera inevitable, se reducen los controles ambientales por parte de la administración, porque al autorizarse la construcción sin la necesidad de que ese desarrollo quede recogido en un plan urbanístico, no se requerirá una evaluación ambiental estratégica.

Esta modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía está recogida en el decreto-ley 15/2020, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía que está, como su título recoge, destinado a establecer medidas dirigidas al sector del turismo, así como al ámbito educativo y cultural.



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