La Junta de Andalucía niega el permiso para ampliar el camping de Cabo de Gata, al exceder el límite legal de extensión establecido

Camping Cabo de Gata
Cabo de Gata
La Junta de Andalucía ha dictado una resolución por la que acuerda no otorgar la autorización ambiental unificada simplificada al proyecto de ampliación del camping en el Parque Natural Cabo de Gata, por superar el límite máximo de tres hectáreas permitido para este tipo de instalaciones.

Según el documento publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado viernes, la actuación promovida por Ecocamping de Cabo de Gata SL es incompatible con el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar (PORN).

La propuesta planteaba sumar 5.700 metros cuadrados a su superficie actual de 35.200 metros cuadrados. En este caso, el camping ya supera esta extensión con sus actuales 3,5 hectáreas, lo que ha llevado a calificar la ampliación como «inviable» desde el punto de vista ambiental.

El proyecto incluía instalaciones como un módulo de aseos, un quiosco, zonas deportivas, parques infantiles, una piscina y una zona de aparcamiento.

En su evaluación, la Delegación Territorial ha determinado que la superficie total habilitada para campamentos turísticos en el Parque Natural está limitada a tres hectáreas, según lo dispuesto en los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG).

El informe técnico señala que las actuaciones previstas se localizan dentro del ámbito protegido del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, declarado espacio natural protegido y parte de la Red Natura 2000. La normativa aplicable en estos espacios establece restricciones específicas que buscan garantizar la conservación de sus valores ambientales.

El camping se encuentra ubicado a unos 1.300 metros de la población de Pujaire y la finca con la que se proyectaba la ampliación está delimitada por dos caminos y actualmente se utiliza como terreno agrícola.

Así, el informe técnico indica que esta área se encuentra dentro de una zona protegida clasificada como C1 –zonas de cultivos agrícolas–, donde solo se permiten actividades limitadas y siempre que no sobrepasen los límites de superficie estipulados.

El dictamen ambiental fue notificado a los promotores en mayo, momento en el que se abrió un trámite de audiencia para que presentaran alegaciones. Posteriormente, en junio, se emitió una propuesta de resolución que confirmaba la incompatibilidad del proyecto con la normativa vigente.

La resolución establece que esta decisión no pone fin a la vía administrativa, por lo que los interesados pueden interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación.



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