Una funcionaria de prisiones, trabajadora del centro penitenciario de Pereiro de Aguiar, en Ourense, ha sido suspendida de empleo durante tres meses por abandonar su puesto de trabajo para mantener relaciones con un preso. La sanción fue impuesta en el verano de 2022 por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio de Interior. Por lo que la mujer acudió a la Justicia en busca de la nulidad, pero la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha considerado que debe cumplirla.
Los hechos ocurrieron la noche del 7 de agosto de 2021 durante su jornada de trabajo en un módulo de la prisión. Ésta, sin autorización del jefe de servicio, abrió y accedió sin causa justificada la celda de un interno, permaneciendo en ella durante treinta minutos, periodo tras el cual salió descalza, con los zapatos en la mano y colocándose el uniforme. Quedaron acreditados no sólo porque en el procedimiento se empleó como prueba un vídeo en el que se ve lo descrito, sino porque tanto ella como el interno de la referida celda reconocieron los hechos durante el expediente administrativo.
Además, en su recurso, la funcionaria alegó que el director de la prisión le tenía «animadversión» y que incluso había cedido a la base de datos, vulnerando la ley de protección, algo que el TSXG no considera demostrado. Consta en la sentencia que el director del centro penitenciario elaboró un informe, dirigido a la Subdirección General de Análisis e Inspección Penitenciaria de la Secretaría General de IIPP, por supuesta relación íntima/sexual entre la recurrente y un interno del centro penitenciario.
En el párrafo de los antecedentes de dicho informe, el director hacía constar que la mujer se encontraba en la prisión de Pereiro de Aguiar en comisión de servicios, una comisión motivada por la condena por violencia de género de su expareja, al que había conocido cuando este estaba preso en el centro penitenciario de Lanzarote, donde ella era funcionaria.







