Renta 2024-2025: Ser mayor tiene premio fiscal en algunas comunidades autónomas, ninguno en Andalucía

Declaración de la Renta
Economía
Ser mayor de 65 años tiene premio fiscal en algunas comunidades  autónomas, en forma de desgravaciones en el tramo autonómico del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Tres regiones cuentan con una deducción para contribuyentes mayores. Son: Canarias, para mayores de 65 años, Aragón, para mayores de 70 años y Castilla-La Mancha, para mayores de 75 años. Cantabria ofrece una desgravación a los mayores de 65 si viven de alquiler y Baleares permite a los mayores desgravarse los gastos de residencia, centros de día o cuidadores contratados.

También hay deducciones para los familiares de personas mayores cuando estos son dependientes y están a su cargo: Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y Comunidad de Valenciana. Por otro lado, cuatro comunidades autónomas cuentan con una deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años: Asturias, Castilla La Mancha, Madrid y Murcia.

Finalmente, hay desgravaciones de las que podrían beneficiarse los mayores, pese a que no tienen un criterio específico de edad: por viudedad, para personas con discapacidad y sus cuidadores, por residir en el medio rural, etc.

El caso de Andalucía

Entre las deducciones autonómicas de Andalucía, no hay ninguna específica para personas mayores, ni una desgravación general para sus cuidadores. Eso sí, este año se mantiene la ampliación a 200 euros en la desgravación que podrán aplicar los padres o madres de familia monoparental que convivan con un ascendiente mayor de 75 años.

Además, Andalucía cuenta con una desgravación de 150 euros por cada contribuyente que tenga la consideración de persona con discapacidad (grado de discapacidad del 33% o superior, independientemente de su edad). Con una desgravación de 100 euros para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad (si no hacen la declaración y su grado de discapacidad es del 65% o más).

Igualmente,  existe una desgravación de 100 euros por asistencia a personas con discapacidad, y del 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social de la cuota fija que sea por cuenta del empleador, con un límite de 500 euros anuales, cuando la persona con discapacidad precise de ayuda de terceras personas.



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